El Intrant ha decidido mantener la renovación de licencia para personas mayores por solo dos años), informó hoy el Instituto Nacional de Tránsito y Topografía. Transportes (Entrada) afirma violación a la Constitución de la República, al ratificar decisión de extender licencia de conducir sólo por dos años a personas mayores de 65 años y más.
Trajano Vidal Potentini, presidente de Card, afirmó que es claro que se trata de un privilegio que favorece a unos y en contra de otros, por lo que anunció la reanudación de la decisión de interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la disposición mencionada anteriormente.
La reacción de Vidal Potentini se produjo debido a que Entrada decidió quitar la percepción de dobles. impuesto, pero conserva la parte que prevé una extensión de dos años del documento para aquellos de 65 años o más.
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Cree que se trata de un aspecto claramente inconstitucional que hay que corregir, al igual que el Colegio de Abogados, que protege las instituciones, el Estado de derecho y control de la práctica jurídica, llevará el caso ante la Corte Constitucional.
«Dado que Input no asimila y quiere repetir estas violaciones o mantener esta práctica, estaremos obligados a liberar los recursos respectivos ante el implementación del tribunal constitucional de la República”, declaró Vidal Pontentini.
Ley 63-17 sobre movilidad, transporte por carretera, Transporte, Tránsito y Normas de Seguridad Vial de la República Dominicana en el artículo 208 que la renovación del permiso de conducción se expedirá con un período de validez de cuatro años y que expirará en el día del cumpleaños de su titular.
Sin embargo, de forma contradictoria e imponente, el El reglamento creado para aplicar la ley antes mencionada establece claramente en el artículo: “Las condiciones de vigencia de los permisos de conducción y permisos de conducir son las siguientes: a) Para las clases 01, 02 y 05, el período de vigencia es 4 años. hasta que el titular cumpla sesenta y cinco (65) años de edad. A partir de los sesenta y cinco años, el plazo de vigencia será de dos años.»
Además, la norma anterior viola los artículos 38 y 39 de la Constitución de la República. El artículo 38 de la Constitución, en referencia a la dignidad humana, lo expresó por escrito de la siguiente manera: “El Estado se funda en el respeto a la dignidad de la persona humana y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales inherentes a la dignidad humana, innata e imposible”. su respeto y protección es una responsabilidad esencial de las autoridades públicas para brindar igual protección y trato a otras instituciones, autoridades y personas y disfrutar de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin discriminación alguna por motivos de género o color de piel; , edad, discapacidad, nacionalidad, relación familiar, idioma, religión, opiniones políticas políticas o filosóficas, creencias sociales o «
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Resolución
Hasta el momento no se ha determinado la resolución de la junta directiva de Intrant, con la que se espera eliminar la percepción de tiempos de doble imposición y mantener la renovación de licencias por dos años para aquellos 65 años y más.
El mantenimiento de esta disposición se da a pesar de la declaración del presidente Luis Abinader sobre el tema Esto.
Antecedentes
Intrant presentó un caso similar contra conductores de transporte público, cuyos períodos de servicio estaban limitados a 65 años. Sin embargo, el Tribunal Constitucional (TC), mediante sentencia TC/0005/20, declaró inconstitucional esta medida, por ser discriminatoria y contraria a la legislación laboral, disposición que según Entrada, no es aplicable a personas mayores de 1 año. 65. adultos en adelante, sólo se permite la prórroga por dos años.