El juez de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional declaró inadmisible el recurso de apelación contra el bachatero Domingo Antonio Santos Muñoz, otorgado mejor conocido como Anthony Santos, por el sucesor legal del dominicano Autor y compositor Tatico Henríquez. La jueza Clara Luz Almonte tomó la decisión al acoger el caso presentado por la defensa del cantante, el doctor Carlos Balcunger, quien afirmó ante el tribunal que el proceso en su contra debió haberse iniciado por la vía civil y no penal. El juez dictaminó que la denuncia penal en este caso debió ser presentada por Tatico Henríquez y no por sus sucesores, pero como ya no está vivo la denuncia debió ser presentada por la vía civil, no penal.
Asimismo, el tribunal, que fijó la sentencia completa para el 4 de julio de 2024, cuestionó la forma en que la Fiscalía condujo el proceso judicial. Frente al público, el bachatero lamentó que el legado de Tatico Henríquez pudiera estar muerto porque ningún artista se atrevió a interpretar una de sus canciones porque él se lo pidió, como sucedió con Fefita La Grande. Durante la audiencia, el cantante estuvo acompañado del abogado Carlos Balácer, quien solicitó al tribunal declarar inadmisible la denuncia en su contra.
La demanda contra el artista fue presentada en 2022 por el abogado Wagner Rodríguez de Elba Chaljub Mejía y Julio García Reynoso, herederos legales del autor y compositor dominicano Tatico Henríquez. La demanda alega que Chaljub Mejía y García Reynoso son los verdaderos dueños de la obra musical titulada Corazón de piedra, según consta en el Certificado N° 0006608 de la Oficina Nacional del Derecho de Autor. La defensa de los familiares de Tatico acusó a Mayimbe de grabar, comercializar y copiar la canción Corazón de piedra, cambiándole el título a Lafunda.
Los familiares involucrados en el juicio solicitaron una indemnización por los daños morales y materiales sufridos, estimados en hasta 10 millones de pesos.
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